SERVICIOS PÚBLICOS

Qué dice el decreto que declara como servicio esencial a la internet, la telefonía y la TV paga

La medida fue anunciada ayer por Alberto Fernández.
sábado, 22 de agosto de 2020 · 10:30

Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/2020, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno declaró como “servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia” a la telefonía celular, la conexión a internet y la televisión paga. Además, congeló las tarifas hasta fin de año.

En el decreto firmado por el presidente Alberto Fernández y su Gabinete de ministros, sostiene que las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) son necesarias para el desarrollo “de una sociedad más igualitaria” y que no son “sólo un portal de acceso al conocimiento, a la educación, a la información y al entretenimiento, sino que constituyen además un punto de referencia y un pilar fundamental para la construcción del desarrollo económico y social”.

Además, el escrito remarcó que en 2014, el Congreso declaró de interés público el desarrollo de las TIC “estableciendo y garantizando la completa neutralidad de las redes” para que todos los habitantes accedan “a los servicios de la información y las comunicaciones en condiciones sociales y geográficas equitativas, con los más altos parámetros de calidad”.

Asimismo, el decreto hace hincapié en el “deber indelegable del Estado nacional” de garantizar el acceso y uso de las redes de telecomunicaciones, para que “se garantice la función social y el carácter fundamental como parte del derecho humano a la comunicación”.

Por otro lado, se hizo foco en que la gestión de Mauricio Macri, a través del DNU 267/2015, “se derogó gran parte del andamiaje legalmente establecido en materia de servicios de comunicación audiovisual” y de las TIC, “abandonándose la idea del acceso a estos últimos como un derecho humano, dejándolos librados a ley de la oferta y demanda como una simple mercancía”.

A su vez, el Gobierno determinó que, por la pandemia de coronavirus, es menester la extensión del congelamiento de las tarifas de estos servicios hasta el 31 de diciembre. “En este contexto, cobra mayor relevancia aún el acceso a las TIC y a las redes de telecomunicaciones”, añadieron en el DNU.

De esta manera, el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) será la autoridad de aplicación que “garantizará la efectiva disponibilidad” de los servicios. Las empresas “fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, deberán cubrir los costos de la explotación, tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación”.

Finalmente, “los precios de estos servicios serán regulados por la autoridad de aplicación”, quien también establecerá en la reglamentación “la prestación básica universal obligatoria que deberá ser brindada en condiciones de igualdad”.

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