COMERCIO ELECTRÓNICO

Nuevas medidas de Defensa del Consumidor para con el comercio electrónico

Deberán publicar en la web los contratos y un botón de baja.
martes, 8 de septiembre de 2020 · 12:52

A través de la resolución 271/2020 de la Secretaría de Comercio Interior, publicada hoy en el Boletín Oficial, las empresas que venden productos u ofrecen servicios por internet, tendrán que colocar sus contratos en el sitio.

Según el escrito, las compañías deberán publicar de forma accesible los contratos de adhesión y el botón de baja del servicio, “bajo el nombre "ejemplares de contrato de adhesión - Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor"”.

“El acceso a los contratos de adhesión -indicó la resolución- deberá ser fácil, directo y ocupar un lugar destacado y visible en la página de inicio del sitio de internet de cada compañía”.

De igual manera, la medida que tomó la Secretaría de Comercio Interior estableció que “el botón de baja tiene que ser de acceso fácil y directo para los consumidores”.

Así, se incorporan a esta obligatoriedad por parte del Gobierno a las suscripciones a diarios y revistas, tanto para papel como digital, y de bases de datos. Las empresas de telefonía fija y móvil, las de internet, las de radiodifusión por suscripción y las de medicina prepaga ya implementaban el botón de baja.

“En el marco de la emergencia social y sanitaria es necesario facilitar la consulta de los contratos -señaló la resolución- y agilizar los trámites de baja al cancelar un servicio o suscripción”.

Por su parte, el Gobierno llamó a concurso público para ofrecer servicio de internet en los lugares más carenciados del país. La idea es que el Estado financie con hasta 40 millones de pesos por barrio.

En la Resolución 950/2020 del ENACOM, el ente “busca la implementación de proyectos destinados a atacar la brecha digital y garantizar la prestación del servicio de internet en Barrios Populares”.

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