LEY DE TELETRABAJO
Reglamentan la Ley de Teletrabajo: qué dicta el decreto
La regulación de la norma se llevó a cabo de forma parcial.Finalmente, el Gobierno Nacional reglamentó la Ley de Teletrabajo, resolución que dicta el régimen legal del contrato laboral bajo la modalidad virtual.
Es decir, a través del decreto 27/2021 publicado hoy en el Boletín Oficial, el Ministerio de Trabajo reglamentó y oficializó la Ley 27.555, sancionada durante la pandemia.
Vale aclarar que la reglamentación de la Ley de Teletrabajo se llevó a cabo de forma parcial, dado que el decreto dejó sin regular tres artículos referidos al contrato, derechos y obligaciones de la jornada laboral.
Ahora bien, lo más relevante de la norma radica en que establece el “derecho a la desconexión digital” y contempla las tareas de cuidado.
En lo que respecta a la desconexión digital, la Ley de Teletrabajo indica que el trabajador no tiene la obligación de responder o estar a disposición del empleador fuera de su horario laboral.
Mientras que sobre las tareas de cuidado, la normativa dicta que toda persona que ejerza el derecho a interrumpir su labor por dicha razón "deberá comunicar en forma virtual y con precisión” su ausencia.
No obstante, la Ley de Teletrabajo también generó polémica. El punto de mayor controversia dentro del sector empresarial es el que refiere a la reversibilidad.
Este ítem de la norma prevé que el trabajador podrá solicitar al empleador desarrollar su tarea de forma presencial. No obstante, se aclara que si el teletrabajo se pactó desde un inicio no se podrá revocar.