ETIQUETADO FRONTAL

El Congreso debatirá la ley de Etiquetado Frontal: cuáles son los diez cambios más importantes

Esta vez, el Frente de Todos tendría garantizado el quorum para abordar el proyecto de ley de Etiquetado Frontal.
martes, 26 de octubre de 2021 · 08:59

El Gobierno buscará este martes poder aprobar el proyecto de ley de Etiquetado Frontal de Alimentos en la Cámara de Diputados de la Nación, luego de no haber podido debatir la legislación, ya que la oposición, principalmente Juntos por el Cambio, no dio el quorum necesario. 

No obstante, el oficialismo logró volver a incluir en la agenda parlamentaria la iniciativa que tiene como objetivo que los y las ciudadanas cuenten con la información precisa en los productos que encontrarán en las góndolas. Además, vale recordar que el proyecto de ley de Etiquetado Frontal había sido apoyado de manera transversal por los partidos políticos, es decir, que el consenso existía.

Es un proyecto de ley impulsado por representantes de la sociedad civil y diferentes ONG vinculadas a la nutrición.

De todas formas, el jefe de bloque del Frente de Todos en Diputados, Máximo Kirchner, y el presidente de la Cámara Baja, Sergio Massa, tuvieron que negociar con quienes conducen los espacios de la oposición en el Parlamento para, finalmente, aprobar la ley de Etiquetado Frontal que tiene media sanción del Senado.

 

Los diez principales puntos

En primer lugar, el proyecto obliga a que los productos que tengan excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías incluyan una etiqueta octogonal negra para advertir a los consumidores. Por esta razón, este aspecto se dirige a los fabricantes, fraccionadores y envasadores que distribuyan, comercialicen o importen alimentos y bebidas en todo el país.

En países como México, Uruguay y Chile ya se implementó y obtuvo resultados positivos respecto de la nutrición.

En segundo orden, impulsa la prevención de la malnutrición y, en consecuencia, reducirá las enfermedades crónicas no transmisibles a lo largo del tiempo.

En tercer lugar, habrá leyendas especiales de recomendaciones de consumo moderado para niños y niñas. Por ejemplo, en el caso de contener edulcorantes o cafeína, deberá llevar una advertencia como: “Contiene edulcorantes. Evitar en niños/as”; “Contiene cafeína. Evitar en niños/as”. Al mismo tiempo, estará prohibido que, si tiene algún octógono, la publicidad esté dirigida a niños o niñas o haya personajes infantiles, animaciones, deportistas, regalos, celebridades, entre otros incentivos.

El cuarto aspecto es que el octógono negro con letras claras en blanco no podrá ser inferior al 5 % de la superficie de la cara principal del envase del producto. A su vez, no tendrá que estar cubierto de forma parcial o total por ningún otro elemento.

Las bebidas también están incluidas en el proyecto.

El quinto punto es que, para establecer cuándo un producto supera los valores máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas totales y sodios, el proyecto establece que los parámetros son fijados a partir de los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

En sexto orden, el azúcar común, los aceites vegetales y los frutos secos quedarán exceptuados de la colocación del sello en la cara principal. Además, si un envase es igual o menor a diez centímetros cuadrados y contiene más de un octógono, la autoridad de aplicación determinará cómo serán colocados.

En séptimo lugar, estará prohibido que los productos con octógonos tengan menciones nutricionales complementarias con cualidades positivas o nutritivas, además de no poder ser promocionados o entregados gratuitamente.

Un mismo producto puede tener más de una etiqueta si supera los límites de diferentes valores nutricionales.

El octavo punto destacado es que el Consejo Federal de Educación deberá promover actividades didácticas y políticas con contenidos educativos sobre alimentación nutricional en los niveles inicial, primario y secundario en todo el país. A su vez, no podrán ser comercializados en establecimientos educativos del Sistema Educativo Nacional.

El noveno aspecto establece que el Estado nacional deberá priorizar las contrataciones de los alimentos y bebidas que no cuenten con sellos de advertencia.

Finalmente, el Poder Ejecutivo tendrá que reformular el texto del Código Alimentario Argentino para que sus disposiciones queden adecuadas a la presente ley.

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