Política
Elecciones 2021: cuáles son todos los diferentes tipos de votos posibles para emitir el domingo
El Código Nacional Electoral detalla cada una de las opciones para depositar en las urnas durante las elecciones.A dos días de las elecciones generales del 14 de noviembre, muchos ciudadanos y ciudadanas se preguntan cuáles son las diferentes posibilidades a la hora de votar.
En este sentido, los sufragios de las elecciones del domingo se pueden clasificar en tres categorías: válidos, nulos y transitorios, que luego serán establecidos como voto afirmativo o voto en blanco. Por eso, es importante conocer cada una de las opciones para que cada elector o electora pueda cumplir con su derecho en las votaciones de manera consciente.
En cuanto a los tipos de votos válidos, según el Código Nacional Electoral, son los “afirmativos”, es decir, los que se emiten con boleta oficializada de una misma agrupación para cada uno de los cargos que se eligen en las elecciones.
A su vez, el voto en blanco también es legítimo y se considera de dicha forma cuando el sobre está vacío o tiene un trozo de papel de cualquier color sin ninguna inscripción. En este punto, es necesario aclarar que, cuando falta el cuerpo de boleta correspondiente a una categoría, por ejemplo a concejales locales, se considerará en blanco solo ese cargo y el resto es afirmativo.
Cómo diferenciar el voto recurrido y el nulo en las elecciones
El voto recurrido es aquel que es cuestionado por un o una fiscal presente en la mesa por tener alguna característica que haga que su validez o nulidad sea puesta en duda. En ese caso, quien recurre el voto deberá completar un formulario especial con “expresión concreta de la causa”.
En cambio, el voto nulo es aquel que se da cuando en el sobre se encuentran boletas de distintos partidos políticos para una misma categoría y, por lo tanto, no se puede saber a qué agrupación quiso votar, por lo que es nulo.
Al mismo tiempo, los votos en blanco son contados como “afirmativos” durante los comicios, por lo que son considerados para el conteo final de los porcentajes y favorecen a las fuerzas políticas que más sufragios obtuvieron, ya que ampliarán la brecha con sus perseguidores.
Por último, las autoridades de mesa pueden impugnar un voto cuando consideren que el elector o la electora ha falseado su identidad o manifestó a quién eligió, algo conocido como “voto cantado”.