ELECCIONES 2021

ELECCIONES 2021: comenzó el plazo para justificar la no emisión de voto

En principio, hay tiempo de 60 días para realizar el trámite sobre la ausencia en las elecciones.
lunes, 15 de noviembre de 2021 · 22:28

Según recordó este lunes la Cámara Nacional Electoral, a partir de la jornada de hoy los electores que no hayan ido a votar en las elecciones legislativas del domingo tienen la posibilidad de justificar su inasistencia.

“Si no votaste, dentro de los 60 días posteriores a la elección, debes justificar la no emisión del voto en las elecciones con la constancia que lo acredite”, expresó el organismo en Twitter.

Los interesados en justificar la inasistencia pueden comunicarse con la Justicia Electoral a través del Chat BOT.

De no poder justificar la inasistencia en las elecciones generales del presente año, tendrán que pagar una multa económica y además serán incorporados en el Registro de Infractores al deber de votar.

En todos los casos, se deberá justificar la abstención con la acreditación que justifique el motivo de falta que corresponda. En principio, lo pueden hacer ante la Secretaría Electoral de cada distrito, a la Cámara Nacional Electoral o a través de la página de infractores.padron.gov.ar.

Luego de completar los datos y consultar, tendrán la posibilidad de acceder a "solicitar justificación" y luego a un menú de posibles motivos.

 

Quiénes fueron los exceptuados

En primer lugar, podían ausentarse los electores que se encontraban a 500 kilómetros de distancia o más del lugar donde tenían que votar. Si este fue el caso, tendrían que haberlo justificado ante la autoridad judicial más próxima.

Por otro lado, también estaban exceptuados quienes formen parte de un organismo o empresa de servicios públicos y hayan tenido que cumplir funciones durante la jornada electoral.

La solicitud de justificación de no emisión del voto está enmarcada en el Art. 12 del Código Electoral Nacional.

Asimismo, tenían la posibilidad de ausentarse aquellos que sean jueces o auxiliares y por disposición del Código Nacional Electoral tuvieron que asistir a la oficina y mantenerle abierta en el horario de los comicios.

Por último, si se encontraban enfermos o imposibilitados de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor comprobadas y justificadas ante médico podían no presentarse a emitir voto.

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