ECONOMÍA

Qué beneficios extendió el Gobierno del Impuesto a las Ganancias y a quiénes alcanzará

La reforma a Ganancias es para favorecer a los trabajadores que recibieron bonos el fin de año.
miércoles, 22 de diciembre de 2021 · 11:47

La Cámara de Diputados aprobó una prórroga para actualizar la alícuota de descuento que corresponde al Impuesto a las Ganancias que pagan los trabajadores. Se trató de una iniciativa presentada por el presidente del organismo, Sergio Massa.

Massa explicó que la prorroga para el Impuesto a las Ganancias favorecerá a más de 1 millón de trabajadores que recibieron bonos de fin de año o vieron ajustados sus ingresos por las paritarias. Con el ajuste del tributo el aumento de montos a pagar subirá hasta el próximo año.

El ajuste favorece a los trabajadores que están en el límite del tributo.

Massa motivó la discusión del Impuesto a las Ganancias en medio del debate del impuesto a Bienes Personales y explicó que era necesario hacer el ajuste para que la vigencia se mantuviera más allá del 31 de diciembre, fecha fijada para ajustar la cuota.

LA AFIP (Administración federal de Ingresos Públicos) fijó para el 1 de enero del próximo año la entrada en vigencia del ajuste al mínimo imponible del tributo. Será al 50.62% para los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y trabajadores autónomos.

La AFIP había establecido un ajuste superior al 50%.

En abril, el Ejecutivo ya había aprobado una deducción especial para las personas que cobraban $150 mil brutos o $124.500 netos, para que no pagaran el Impuesto a las Ganancias. El límite fue modificado hasta $175 mil y se creó una categoría intermedia que tendría un impuesto mediano.

El Congreso llevó el mínimo no imponible a $263.595, con un margen de hasta $305.768 para el pago de un esquema aliviado. Estos valores habían sido anunciados por la administración federal.

La adminsitración federal aplicará los cambios a partir del 1 de enero.

 

Los ajustes para autónomos y jubilados

Las deducciones de la contribución para las personas que están en el régimen de autónomos era un mínimo de $503.035,16 para ser sujetos al pago. De no haber deducción por familiares o gastos, se distribuiría desde ingresos de $63.141 mensuales en promedio.

Los jubilados que ganan ocho veces el aporte mínimo pagan este impuesto.

Respecto a los jubilados y pensionados, la AFIP establece que el mínimo no imponible sea equivalente a ocho veces el haber mínimo. Actualmente la cifra es de $232.493.

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