LEY DE TELETRABAJO
Ley de Teletrabajo: cuándo comienza a regir y cuáles son sus principales puntos
El Gobierno publicó en el Boletín Oficial que la nueva legislación regirá en abril.El Gobierno nacional determinó que la Ley de Teletrabajo comenzará a regir en todo el país a partir del 1° de abril. Mediante la Resolución 54/2021, el Ministerio de Trabajo respetará el plazo de 90 días acordados tras el cese del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO), anunciado el 21 de diciembre.
“A fin de dar certeza frente a un régimen laboral que se proyecta sobre obligaciones mensuales, corresponde establecer que el Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo entrará en vigencia el 1° de abril del 2021″, reza la publicación del boletín.
La ley aprobada por el Congreso el año pasado para regular el trabajo "homeoffice" -una modalidad cada vez más generalizada a partir de la pandemia de coronavirus- genera todavía rechazo entre el sector empresario. Los principales temores tienen que ver con que la ley tenga un impacto negativo en las relaciones laborales, y afecte los costos de los empleadores.
Fuente: (Televisión Pública Noticias)
Qué dice la ley
Entre los principales puntos de la nueva legislación, se destacan principalmente dos. Las empresas deben mantener un lugar "físico" de trabajo (como una oficina) para que los trabajadores que eventualmente decidan regresar, puedan hacerlo. Además, la Ley de Teletrabajo aborda uno de los principales problemas al que se enfrentaron los trabajadores remotos durante la pandemia: la posibilidad de "desconexión digital".
Este punto lo que plantea es que cada trabajador preste sus servicios dentro de la jornada laboral correspondiente. Como ha pasado de manera generalizada el último año, las jornadas de homeoffice tendían a ser mucho más extensas que las convencionales. Sin embargo, la legislación ampara que “cuando la actividad de la empresa se realice en diferentes usos horarios o en aquellos casos en que resulte indispensable por alguna razón objetiva, se admitirá la remisión de comunicaciones fuera de la jornada laboral”.
La nueva ley detalla explícitamente que no se pueden ofrecer incentivos para rechazar la posibilidad de desconexión, y aclara que el pago de las horas extra no remiten a un incentivo.
En cuanto a la reversibilidad de la modalidad remota a la presencial, la Ley de Teletrabajo dispone que, una vez que el empleador recibe la solicitud del trabajador para regresar a la oficina o lugar de trabajo, debe concederlo en el menor plazo posible (menor a 30 días). Asimismo, remarca que quienes hayan sido contratados bajo la modalidad a distancia, no podrán "revocar su consentimiento ni ejercer el derecho a que se les otorguen tareas presenciales, salvo lo dispuesto en los Convenios Colectivos del Trabajo o en los contratos individuales”.