APORTE SOLIDARIO Y EXTRAORDINARIO
Oficial: la AFIP reglamentó el Aporte Solidario y Extraordinario
Las presentaciones tendrán un plazo máximo hasta el próximo 30 de marzo.A través de la Resolución General 4930/2021 publicada este lunes en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el Aporte Solidario y Extraordinario.
En paralelo, el documento que define el Aporte Solidario y Extraordinario, conocido comúnmente como el “impuesto a la riqueza”, establece como plazo máximo para efectuar las presentaciones correspondientes hasta el 30 de marzo de 2021.
Asimismo, la resolución precisa que la fecha considerada para valuar los bienes es la entrada en vigencia de la ley, esto es, el 18 de diciembre de 2020. Cabe recordar que el aporte alcanza a aquellos que cuenten con un patrimonio igual o superior a los $200.000.000.
En este sentido, el organismo encabezado por Mercedes Marcó del Pont reglamentó oficialmente la normativa sancionada por el Congreso de la Nación con carácter de emergencia y por única vez relativa a la presentación de la declaración jurada, ingreso del aporte y otros aspectos establecidos en la Ley 27.605 y su Decreto Reglamentario N° 42/2021.
Qué significa el Aporte Solidario y Extraordinario
La iniciativa tiene como fin recaudar, en promedio, $300.000.000 para invertir en planes productivos y sanitarios. Para ello, prevé el cobro de 2% a los patrimonios de las personas físicas que dispongan más de $200.000.000 en su haber.
Ahora bien, esa tasa subirá a 2,25% en patrimonios que superan los $300.000.000, a 2,5% en casos donde el total de bienes supere los $400.000.000 y al 2,75% cuando sea de entre $600.000.000 y $800.000.000. Asimismo, la normativa dicta que la tasa de aporte se incrementará en función del valor total del patrimonio.
También la iniciativa estipula que los fondos recaudados se destinen a la compra o elaboración de equipamiento médico e insumos sanitarios, a subsidios a las micro, pequeñas y medianas empresas, al programa integral de becas Progresar, al Fondo de Integración Socio Urbana y a programas y proyectos de exploración, desarrollo y producción de gas natural.