INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO

La Justicia declaró inconstitucional la Interrupción Voluntaria del Embarazo en esta provincia

La medida fue tomada por pedido de una exsenadora.
domingo, 21 de marzo de 2021 · 17:32

A casi tres meses de su aprobación, la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) sigue encontrando trabas para ser aplicada de forma plena. Tras el pedido de la exsenadora Liliana Negre de Alonso, la Justicia de San Luis declaró que es inconstitucional en dicha provincia.

La medida fue tomada por la magistrada María Eugenia Bona, perteneciente al Juzgado Laboral Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, que determinó que algunos de los artículos de la reciente ley se contraponen al artículo 19 del Código Civil y Comercial, que considera que "la existencia de la persona humana comienza con la concepción".

De esta forma, Bona declaró la inconstitucionalidad de los artículos 2, incisos "a" (decidir la interrupción del embarazo de conformidad con lo establecido en la presente ley), "b" (requerir y acceder a la atención de la interrupción del embarazo en los servicios del sistema de salud) y "c" (requerir y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud, sin perjuicio de que la decisión de abortar hubiera sido contraria a los casos legalmente habilitados); y del artículo 4 de la Ley 27.610.

La exsenadora Liliana Negre de Alonso.

En su fallo, la jueza de San Luis establece la nulidad de “la práctica quirúrgica, clínica o medicamentosa del aborto, salvo en las causales contempladas en los incisos "a" (si el embarazo fuere resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada pertinente de la persona gestante) y "b" (si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante) del artículo 4”.

Sin embargo, pese al pedido de Negre de Alonso, la magistrada no dio lugar a la prohibición del inciso "d" del artículo 2, el cual establece “prevenir los embarazos no intencionales mediante el acceso a información, educación sexual integral y a métodos anticonceptivos eficaces”, dado que consideró que “no violentan derechos constitucionales ni afectan al artículo 19 del Código Civil y Comercial”.

La Fiscalía de Estado de la provincia se pronunció sobre el fallo en contra de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, ya que consideró que es “referida a la salud pública y se dicta dentro del marco de los compromisos del Estado argentino en esta materia y derechos humanos de las mujeres”.

Otras Noticias