LICENCIA LABORAL

Jornada escolar reducida: cómo pedir licencia en el trabajo para el cuidado de menores

Qué dice la resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.
jueves, 4 de marzo de 2021 · 21:00

En plena pandemia de coronavirus, bajo estrictos protocolos de bioseguridad y un sistema bimodal que combinará clases presenciales con otras actividades remotas, la Argentina reabrió sus escuelas en diferentes provincias y dio inicio al ciclo lectivo 2021. Dado el contexto, el Gobierno nacional determinó que los padres, madres o responsables a cargo de alumnos y alumnas en edad escolar podrán solicitar licencia laboral para el cuidado de menores en el hogar

Es decir, a través de la resolución 60/2021, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación anunció el pasado 11 de febrero que las y los empleadores deberán otorgar licencia laboral a la persona que tenga a cargo a un niño, niña o adolescente en edad escolar cuando la jornada educativa sea "reducida" o no haya clases presenciales.

Al respecto, la normativa reza: “En cada jurisdicción se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora o persona adulta a cargo cuya presencia en el hogar sea indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente". Por lo cual, quien deba solicitar un permiso laboral tendrá que “notificar tal circunstancia a su empleador o empleadora”, indica la resolución.

El padre, madre o responsable a cargo del niño, niña o adolescente debe presentar una declaración jurada.

Para ello, la persona interesada en tramitar la licencia laboral por tal motivo tendrá que entregar una declaración jurada donde consigne los datos del niño, niña o adolescente a cargo, el grado o año escolar, el establecimiento educativo al que concurre, el régimen de presencialidad establecido por la escuela y el motivo de su presencia indispensable en el hogar. 

Cabe destacar que la licencia laboral rige para una sola persona por niño, niña o adolescente. Esto significa que únicamente podrá acceder al beneficio el padre, la madre o la persona a cargo.

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