GOBIERNO NACIONAL
Qué dictaba el “Decreto 70” impulsado por Macri que hoy derogó el Gobierno nacional
La normativa prohibía el ingreso al país de extranjeros con antecedentes penales.El Gobierno nacional derogó hoy, de manera oficial, el Decreto 70 que negaba el ingreso al país de personas con antecedentes penales y agilizaba los procesos administrativos para la expulsión de delincuentes extranjeros. La normativa decretada por el expresidente Mauricio Macri en 2017 fue reemplazada por el Decreto de Migraciones 138/2021, que llevó la firma de todos los ministros del Gabinete.
Hace cuatro años, el presidente Macri entendía que el incremento de extranjeros encarcelados en el país (que en 2016 superaba el 21%) se solucionaría con la agilización de los procesos de expulsión del país. Para el Gobierno que preside Alberto Fernández, esa media resulta “irreconciliable” con la Constitución Nacional y los derechos humanos por lo que dio lugar al pedido de numerosas organizaciones internacionales que se oponían al decreto.
La entrada en vigencia del Decreto 70 no solo no mejoró la situación penitenciaria ni criminal de los extranjeros en el país, sino que también iba en contra de varios procesos judiciales. Según explicó el Poder Ejecutivo en su descargo, no se respetó el principio del debido proceso ni el derecho a contar con asistencia y defensa legal.
En marzo de 2018, meses después de su aplicación, la normativa impulsada por Cambiemos ya había enfrentado procesos judiciales. La Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal declaró su “invalidez constitucional” por presentar aspectos incompatibles con los derechos humanos vigentes, por lo que la gestión anterior debió recurrir a la Corte Suprema. Hoy, finalmente, quedará en el pasado.
Qué prohibía el Decreto 70.
La normativa creada en el 2017 prohibía el ingreso de extranjeros al país que presenten documentación falsa o tengan una información incompleta de sus antecedentes penales. Además, estaban exceptuados del ingreso todos aquellos que cumplan una condena o tengan antecedentes de delitos con penas de prisión.
Particularmente, la medida alcanzaba a quienes hayan sido encontrados culpables de delitos de tráfico de armas, personas, órganos, estupefacientes, lavado de dinero, terrorismo, crímenes de lesa humanidad, entre otros.