GOBIERNO NACIONAL

Inesperado: el DNU del Gobierno tiene medidas que no fueron anunciadas por Fernández

Son condiciones que afectarán a los gastronómicos.
viernes, 16 de abril de 2021 · 08:17

Este viernes comenzaron a regir las nuevas medidas del Gobierno nacional contra la segunda ola del coronavirus en el Área Metropolitana de Buenos Aires (CABA). Sorpresivamente, el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nº 241/2021 publicado en el Boletín Oficial tiene condiciones que afectarán a los gastronómicos que no habían sido adelantadas por el presidente de la Nación, Alberto Fernández.

Según el Decreto, los locales gastronómicos solo podrán funcionar entre las 6:00 y las 19:00 horas “con el objetivo de que las personas que se encuentran en ellos puedan llegar a sus hogares antes del horario previsto” (20:00 horas, cuando comienza el toque de queda). A partir de ese horario pueden seguir trabajando, pero a través de las modalidades delivery y “para llevar” (take away). En el caso de que una persona quiera retirar comidas o bebidas de un local gastronómico, solo podrá hacerlo en bares y restaurantes de “cercanía”.

En ese sentido, la medida se asemeja a las restricciones de los comercios en general; no obstante, el Gobierno aclara en el documento oficial que, desde hoy y hasta el próximo 30 de abril, durante el día los bares y restaurantes podrán atender a sus clientes únicamente “en espacios habilitados al aire libre”. Por lo tanto, los gastronómicos que no cuenten con mesas en terrazas, calles o lugares abiertos no podrán brindar servicio dentro de sus instalaciones.

 

El resto de medidas

El Ejecutivo busca con las nuevas medidas “evitar el encuentro social, recuperar el distanciamiento, bajar la circulación y de ese modo volver a ganar tiempo para que las camas de terapia intensiva, que hoy están siendo utilizadas por otras patologías, vuelvan a reservarse para la atención del coronavirus, en un momento donde el aumento de los contagios es sostenido”.

Por tal motivo, el Gobierno decidió restringir la circulación entre las 20:00 y las 6:00 horas; limitar el uso del transporte publico a personal esencial, personas que deban atender circunstancias excepcionales y quienes “deban concurrir para la atención de su salud, o tengan turno de vacunación, con sus acompañantes, si correspondiere”; suspender las actividades recreativas, sociales, culturales, deportivas y religiosas en lugares cerrados; cerrar los comercios a partir de las 19:00 horas; y suspender las clases presenciales desde este lunes hasta el próximo 30 de abril.

Las restricciones afectan a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) y a los siguientes 40 municipios de la Provincia de Buenos Aires: Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Brandsen, Campana, Cañuelas, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Exaltación de la Cruz, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero, Vicente López y Zárate.

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