REPRO II

Repro II: sin pago de contribuciones patronales durante todo el 2021 para gastronomía y turismo

El Gobierno comunicó la medida esta mañana en el Boletín Oficial.
lunes, 10 de mayo de 2021 · 13:33

El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Trabajo, oficializó las exenciones al pago de las contribuciones patronales para determinadas empresas. La iniciativa, sellada en el decreto 323/2001 del Boletín Oficial, llega como una herramienta del Programa de Recuperación Productiva II (Repro II) para respaldar a las firmas más afectadas por las restricciones en el marco de la segunda ola de contagios por coronavirus.

Según la normativa, las empresas enmarcadas dentro del programa de asistencia estatal tendrán una reducción completa de sus contribuciones patronales hasta fin de año. Los sectores en cuestión son el gastronómico, hotelero y turístico, afectados debido al endurecimiento de las restricciones y los nuevos límites de horario nocturno.

“Establécese una reducción del 100%, hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive, de las contribuciones patronales previstas en la Ley N° 27.541 que se destinen al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) para los empleadores que accedan al beneficio otorgado por el Programa Repro II y que encuadren en los sectores críticos respecto de cada relación laboral activa”, reza el documento publicado esta mañana.

Esas empresas tienen un subsidio de hasta 18 mil pesos por trabajador o trabajadora para poder garantizar el pago de salarios en tiempo y forma. Según explicaron desde el Ministerio encabezado por Claudio Moroni, la reducción de esa carga se aplicará al mes siguiente en que se abonen los salarios para los cuales se solicitó el programa.

 

Qué requisitos deben cumplirse para solicitar el Repro II

El Repro II requiere del cumplimiento de una serie de requisitos por parte de las empresas, lo que le ha valido varias críticas por parte de los sectores afectados, que cuestionan la dificultad para acceder al subsidio. Entre las variables que analiza el Estado para determinar su aplicación se destaca la variación porcentual interanual de la facturación y del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Asimismo, se analiza el nivel de endeudamiento y liquidez de cada empresa.

Por otro lado, los funcionarios del Ministerio de Trabajo también están a cargo de analizar la variación porcentual interanual del consumo de luz y gas, y la relación entre el costo laboral total y la facturación. Las importaciones con las que cuenta cada firma, también entran en el análisis.

Otras Noticias