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La AFIP analiza prorrogar los vencimientos del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales

Las empresas ya recibieron el beneficio, ahora el organismo podría extenderlo a las personas físicas.
jueves, 13 de mayo de 2021 · 11:36

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) evalúa extender los plazos para que las personas físicas presenten la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias y los Bienes Personales.

El día de ayer, el organismo que dirige Mercedes Marcó del Pont decidió darle más tiempo a las empresas cuyos balances cerraron en diciembre de 2020 para que presentaran las declaraciones juradas y pagaran los impuestos correspondientes. Ahora, la AFIP analiza hacer lo mismo para con las personas físicas, teniendo en cuenta que este año se sancionó la nueva ley de Impuesto a las Ganancias.

“A un mes de los vencimientos aún no están disponibles los aplicativos para presentar las declaraciones juradas, y las restricciones por el coronavirus también dificultan las tareas de los contribuyentes y sus asesores”, señaló el socio de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez.

Si bien los contribuyentes de la AFIP tuvieron tiempo hasta el 31 de marzo para presentar las declaraciones juradas sobre ganancias del año pasado, el vencimiento definitivo anual para todas las personas alcanzas por la alícuota es en junio. En cambio, para Bienes Personales, las personas que están obligadas a presentar declaraciones juradas son aquellas cuyos bienes en el país o en el exterior están valuados en más de $2 millones al 31 de diciembre.

 

Aumento para jubilados y pago de ganancias

Gracias a la nueva ley de movilidad jubilatoria, los jubilados y pensionados recibirán un aumento del 12.12% a partir del segundo trimestre del año. Pero este incremento puede coincidir con el nuevo esquema tributario del Impuesto a las Ganancias.

Según la nueva normativa, deben pagar el gravamen aquellos contribuyentes que reciban 8 haberes mínimos garantizados. Por lo tanto, si se concreta el aumento y se aplica la nueva norma a la vez, pasarán a abonar la alícuota quienes tengan un haber superior a los $184.518. En cambio, si la nueva ley del Impuesto a las Ganancias no se reglamenta para esa fecha, estarán alcanzados por el tributo quienes tengan haberes mayores a $138.388.

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