RESTRICCIONES
Restricciones: cuáles son las actividades esenciales que quedarán exceptuadas del decreto
El Gobierno nacional anunciará nuevas medidas para frenar la circulación, pero algunos podrán hacerlo para cumplir con sus tareas.A la espera del anuncio del presidente de la Nación Alberto Fernández con las nuevas restricciones, que se espera para esta noche, ya hubo algunos detalles que se dieron a conocer algunas de las medidas que se van a tomar para frenar el aumento de casos de coronavirus.
Según informaron, el objetivo sería aplicar un confinamiento total durante nueve días, entre las 00 horas del sábado 22 hasta el domingo 30 de mayo. Sin embargo, habrá algunas actividades que podrán seguir con su funcionamiento, que son aquellas consideradas esenciales.
De acuerdo a lo establecidos en los últimos Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) que fueron anunciados por el mandatario, los trabajadores que forman parte de estos rubros quedarán exceptuados de las restricciones para circular. Se espera que en el nuevo decreto se mantengan.
Fuente: (Telenueve)
Quiénes podrán circular
Entre las personas que no se verán afectadas por las restricciones a la circulación, se encuentran el personal de salud, las fuerzas de seguridad, fuerzas armadas, bomberos, el transporte público de pasajeros, los encargados de actividades de tráfico aéreo.
También podrán circular quienes tengan que asistir a personas con discapacidad, adultos mayores o menores de edad, y quiénes tengan que “atender una situación de fuerza mayor”. Además, seguirán activos los servicios funerarios, entierros y cremaciones.
Otras actividades exceptuadas son los comedores escolares y comunitarios; los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos; la obra pública; los supermercados y comercios de proximidad que vendan productos de primera necesidad - alimentos, higiene personal y limpieza-, como también farmacias, veterinarias y quienes vendan garrafas.
El sector industrial de rubros como alimentación, higiene, limpieza, insumos médicos y farmacéuticos estará exceptuado de las restricciones, como también las actividades agropecuarias y de pesca, telecomunicaciones, recolección y tratamiento de residuos, mantenimiento de servicios básico, entre otras.
También los trabajadores del ámbito público, ya sean de nivel nacional, provincial o nacional en sus distintos organismos. El personal del ámbito judicial -con guardias mínimas- y trabajadores diplomáticos o consulares podrán cumplir con sus labores.