PERMISO PARA CIRCULAR

Permiso para circular: cómo tramitarlo y quiénes pueden utilizarlo

Habrá dos opciones para solicitar el certificado: por motivos laborales o de fuerza mayor.
viernes, 21 de mayo de 2021 · 08:14

Ante el aumento sostenido de contagios y fallecimientos por coronavirus; el Gobierno nacional decidió establecer un confinamiento estricto durante 9 días, desde las 20:00 horas de este viernes, hasta las 00:00 horas del 30 de mayo, en el que solo podrán transitar los trabajadores esenciales y aquellas personas que cuenten con el permiso para circular.

Si bien el Ejecutivo todavía no ha publicado en el Boletín Oficial los detalles de esta nueva cuarentena, ya se sabe qué requisitos deberán cumplir los ciudadanos que quieran tramitar el certificado de movilidad.

El permiso para circular ya estaba vigente para todas las personas que realizaron el trámite. Sin embargo, el jefe de Gabinete de la Nación, Santiago Cafiero, explicó que de cara a esta nueva etapa "sólo las actividades esenciales no necesitan reempadronarse", en tanto el resto de certificados para la circulación quedarán inactivos y tendrán que volver a ser tramitados.

Lo mismo sucede con los permisos especiales de 24 y 48 horas y con las habilitaciones para padres y alumnos que deban trasladarse a las escuelas, en caso de tener clases presenciales: “se darán de baja” automáticamente, pero pueden volver a solicitarse.

El Gobierno de la CABA acompañará las medias.

Para tramitar nuevamente el permiso para circular se debe acceder a la página www.argentina.gob.ar/circular, o bien a través de la app Cuidar. Una vez en el sitio se debe informar si la persona cuenta con DNI argentino o no. Luego debe seleccionar la provincia a donde debe ir. Acto seguido se tiene que seleccionar el motivo por el que se solicita el permiso. Hay dos opciones: “porque tenés que viajar a tu trabajo” y "permisos especiales” (que abarca habilitaciones para padres y madres separados, personas que necesiten hacer trámites impostergables, urgencias y asistencia a familiares). Finalmente, se debe completar un formulario con documentación que justifique el permiso y permita comprobar que la persona realiza ese trabajo.

En la Ciudad de Buenos Aires regirá un fin de semana más de restricciones, el 5 y 6 de junio.

 

Qué actividades quedarán exceptuadas de la cuarentena

El nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) respetará las actividades y los servicios que ya habían sido catalogados como esenciales en el anterior decreto presidencial.

De tal manera, quedarán exceptuadas de cumplir el aislamiento: personal de la salud; fuerzas de seguridad; fuerzas Armadas; actividad migratoria; servicio meteorológico nacional; bomberos; control de tráfico aéreo; autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA); trabajadores del sector público nacional, provincial, municipal y de la CABA, convocados para garantizar actividades esenciales; personal de la Justicia de turno; personal diplomático y consular extranjero; personas que deban asistir a otras; quienes deban atender una situación de fuerza mayor; personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones; trabajadores de comedores escolares, comunitarios y merenderos; personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos; trabajadores en obra pública; supermercados mayoristas y minoristas, comercios minoristas de proximidad, farmacias, ferreterías, veterinarias, y provisión de garrafas; industrias de la alimentación, de higiene personal y limpieza, de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios; actividades relacionadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca; trabajos relacionados a las telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales; actividades impostergables vinculadas al comercio exterior; recolección de residuos; mantenimiento de los servicios básicos  y atención de emergencias; transporte público de pasajeros, mercaderías, petróleo y combustibles; reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad; servicios de lavandería, de postales y de distribución de paquetes; y, por último, servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

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