AGUINALDO

Aguinaldo: conocé cuándo se va a pagar el beneficio y cómo calcularlo

Miles de trabajadores esperan por el sueldo complementario, en el marco de la crisis económica que afecta al país.
lunes, 31 de mayo de 2021 · 20:26

En medio de un momento económico complicado por la pandemia, miles de trabajadores del sector público y privado se encuentran a la espera del cobro de la primera cuota del sueldo anual complementario (SAC), más conocido como aguinaldo.

Este pago, que corresponde a “la doceava parte del total de las remuneraciones percibidas por el trabajador en el respectivo año calendario” según la Ley de Contrato de Trabajo, deberá abonarse en el mes de junio.

Según la normativa vigente, el aguinaldo se deberá pagar antes del 30 de junio. En caso de haber un retraso, los empleados podrán realizar una intimación a su empleador para que el dinero sea depositado por un plazo no mayor a dos días hábiles.

Pese a esta situación, existe un temor en quienes deben abonar el SAC de no poder hacerlo, debido a los cierres que promovieron un descenso en la actividad. Esto impidió que muchos no puedan generar los ingresos necesarios para cubrir los gastos pertinentes.

 

Cómo calcular el aguinaldo

Según establece la Ley de Contrato de Trabajo, el monto del sueldo complementario debe liquidarse “sobre el cálculo del 50% de la mayor remuneración mensual devengada” entre los dos semestres de cada año.

Para esto, se debe considerar “todo concepto”, lo que incluye no solo el sueldo básico, sino también otros pagos adicionales como las horas extras, bonos, vacaciones y propinas, entre otros. Sin embargo, quedan excluidos algunos beneficios sociales, algunos premios con un único pago y prestaciones acordadas en el artículo 105 de la ley.

 

Impuesto a las Ganancias

Hace una semana, el Gobierno nacional reglamentó la nueva Ley de Impuesto a las Ganancias. Entre los cambios que se votaron en el Congreso, se estableció que el aguinaldo deje de formar parte de los cálculos para el abono del tributo.

Esto se suma a la suba en el piso considerado para el pago del gravamen, que pasó a ser de $150.000. Con respecto a quienes cobren un sueldo de hasta $173.000, tendrán un régimen especial por el cual deberán ser incluidos con un diferencial.

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