GOBIERNO

Gas: el Gobierno determinó qué pasará con los usuarios que no paguen sus deudas

La medida está destinada a las personas que deben facturas correspondientes a los meses de cuarentena.
lunes, 19 de julio de 2021 · 10:00

El Gobierno oficializó este lunes los derechos y obligaciones que tienen los usuarios del gas que se hayan suscripto a un plan de pago ofrecido por su empresa prestadora para saldar las deudas que contrajeron durante la cuarentena.

A través de la Resolución 210/2021, publicada en el Boletín Oficial, el Ejecutivo determinó que “las prestadoras del servicio de distribución de gas por redes deberán incluir en la factura de consumo, tanto de usuarios residenciales como no residenciales, el plan de facilidades de pago para aquellos usuarios y usuarias que se hallan acogido al beneficio dispuesto en el Decreto N° 311/20”. Este último decreto estableció que, durante la emergencia sanitaria por el coronavirus, las compañías no podían suspender ni cortar los servicios públicos a los usuarios que tuvieran hasta tres facturas consecutivas o alternas impagas con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020.

El plan de pagos “deberá efectuarse en línea separada del resto de los conceptos bajo la denominación: Plan de Pago, con indicación del número de cuota que se está recuperando sobre el total de cuotas del plan”. Además, los usuarios podrán optar por saldar la deuda en hasta 30 cuotas.

El Gobierno también estableció en la resolución que, en el caso particular de “las empresas prestadoras del servicio público de distribución de gas por redes, podrán extender las condiciones de los planes de facilidades a deudas adquiridas fuera del plazo de vigencia del mismo y/o respecto de usuarias o usuarios no alcanzadas/os por éste, sean residenciales o no residenciales”.

Por último, si la persona que adhirió al plan de pago acumula tres cuotas consecutivas o seis alternas sin abonar, las compañías prestadoras de gas estarán habilitadas a cortar el suministro del servicio.

 

Ley de Zonas Frías

El Gobierno anunció que a partir del próximo mes de agosto comenzará a regir la Ley 27.637, que categoriza a municipios de las provincias de Jujuy, San Juan, San Luis, Salta, Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba y Mendoza, como “zonas frías” para poder reducir las facturas de gas.

La normativa establece una disminución del 30% para los usuarios generales de esas localidades que aumentará al 50% en el caso de que las personas perciban algún programa social como la Asignación Universal por Hijo (AUH) o la Asignación por Embarazo.

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