AFIP

Atención contribuyentes: la AFIP implementará controles a las billeteras digitales

Con el objetivo de detectar evasión de impuestos, el organismo incorporará las operaciones virtuales en el régimen de información.
jueves, 22 de julio de 2021 · 11:29

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incorporará a las billeteras digitales al régimen de información con el objetivo de detectar evasión de impuestos al cheque y otros tributos. La incorporación implica “equiparar el tratamiento impositivo de las cuentas bancarias y no bancarias” para mejorar las herramientas de control del sector.

A través de la Resolución General 5029/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial, el ente recaudador establece que “estarán alcanzadas por el gravamen las personas jurídicas que realicen operaciones en cuentas de pago, debiendo actuar como agente de retención y liquidación los Proveedores de Servicios de Pago (PSP)”.

Esto quiere decir que la medida no afectará directamente a los usuarios de billeteras digitales como Ualá, Moni, Nubi o Mercado Pago, sino que, a partir de este mes de julio, la AFIP podrá contar con una mayor información sobre las operaciones virtuales, tal como lo hace con una cuenta bancaria.

Los nuevos controles del organismo que preside Mercedes Marcó del Ponto se enmarcan en la modificación de la Ley del Impuesto sobre los Créditos y Débitos, más conocida como impuesto al cheque, que en mayo incorporó a los servicios de pago.

Las cuentas virtuales que serán controladas por la AFIP son aquellas cuyos ingresos mensuales (en pesos, moneda extranjera o criptomonedas) superen los $10.000. Además, las empresas de servicios de pago deberán informar la Clave Virtual Uniforme (CVU) cuando al menos una de las cuentas involucradas en transacciones pertenezca a dichas compañías.

 

Moratoria

Este jueves, el Gobierno promulgó la ley que modifica por segunda vez el monotributo. En los próximos días, la AFIP instrumentará la normativa y establecerá la moratoria para los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado.

Para tramitar el Régimen de Regularización de Deudas, los contribuyentes tendrán que ingresar a la página del ente, seleccionar el apartado de trámites y acceder con CUIL y Clave Fiscal. El plan de pagos podrá ser de hasta 60 cuotas y el interés de hasta 1.5%, aunque el valor final dependerá de la categoría del monotributista.

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