LEY DE ALQUILERES

Cuánto van a aumentar los alquileres de agosto firmados bajo la nueva ley

Ahora, los arrendamientos se actualizan de acuerdo al índice que elabora el Banco Central.
sábado, 24 de julio de 2021 · 12:49

El próximo mes de agosto, los inquilinos que hayan firmado el contrato en el mismo mes, pero del año pasado, bajo la nueva ley de alquileres, tendrán que pagar un aumento establecido por el índice que elabora mensualmente el Banco Central (BCRA).

El Índice para Contratos de Locación (ICL) debutó el pasado mes de julio, otorgando un aumento aproximado del 40% para los alquileres rubricados con la nueva normativa. Recordemos que la ley 27.551 determina que los alquileres se actualizarán por año y no por mes ni por trimestre.

De tal forma, los arrendamientos correspondientes al próximo mes de agosto podrían subir entre un 43% y un 48%, ya que el ICL para el viernes 23 de julio se ubicaba en el 43.56%, según la Federación de Inquilinos.

El ICL, establecido por la ley sancionada en junio del año pasado, tiene en cuenta la inflación (que en los últimos 12 meses acumula un 50.2%) y los salarios (el Salario Mínimo Vital y Móvil se ubica en los $24.408 y debería llegar a los $29.160 en septiembre, cuando se complete el aumento pactado del 35%).

Para hacer un seguimiento del ICL, las personas pueden ingresar a la página web del BCRA. Una vez allí, deben seleccionar la solapa de “Estadísticas”, ubicada en el menú, del lado derecho. Luego, tendrán que clickear sobre el apartado “principales variables”. Al final de la página encontrarán el índice de variación de los alquileres de la nueva fórmula.

 

Principales cambios de la ley

La nueva ley de alquileres estableció que los contratos de alquileres deben ser como mínimo por tres años y que solo se pagará un mes de depósito. A su vez, la normativa amplía la gama de opciones de garantías, determina que las expensas extraordinarias quedan a cargo del locador y que los inquilinos podrán rescindir el contrato, en algunos casos, sin pagar penalidad.

Por último —y esta es la medida que más rechazo causó—, es que los dueños de las locaciones, los inquilinos o los intermediarios (es decir, alguno de los tres) debe inscribir en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) el contrato. El principal problema con este punto es que, al registrar los arrendamientos, los locadores deben pagar Impuesto a las Ganancias e Ingresos Brutos, un costo que termina trasladándose a los inquilinos.

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