MONOTRIBUTO
AFIP: hasta cuándo hay tiempo para recategorizarse en el monotributo
La actualización se hace con las nuevas escalas establecidas por la flamante ley del Régimen Simplificado.La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó esta semana el trámite para recategorizarse en el monotributo, es decir, ubicarse en la categoría que le corresponde al contribuyente de acuerdo con su facturación de los últimos 12 meses.
Las categorías del Régimen Simplificado (RS) ya están actualizadas en función de la Ley de Alivio Fiscal, que no solo estableció las nuevas tablas, sino que también dejó sin efecto el retroactivo a enero que endeudó a miles de monotributistas, aumentó los limites de las categorías más bajas y creó un plan de pago para saldar las deudas con la AFIP en cuotas.
Los contribuyentes que deban recategorizarse en el monotributo tendrán tiempo hasta el próximo 17 de febrero. Para realizar el trámite, los interesados deben ingresar al portal de la AFIP y acceder con CUIL y Clave Fiscal. Luego, tienen que seleccionar la opción "Recategorizarme" y después "Continuar recategorización".
Una vez que hayan cumplido esos pasos, deben clikear sobre la opción "Imprimir credencial" y completar el formulario con los nuevos datos. Cuando la información este cargada y verificada, deben finalizar la operación. Acto seguido, el sistema arrojará la constancia de realización del trámite y la credencial para efectuar los pagos bajo la nueva categoría.
Cómo quedaron las nuevas escalas
La nueva ley del monotributo determinó que los valores de las categorías se actualizarán de acuerdo con la variación del haber mínimo garantizado del año previo. De tal manera, el aumento en las cuotas del Régimen Simplificado es de aproximadamente un 35.3%.
Además, la normativa determinó que la actualización de la escala será progresiva y tendrán un mayor aumento en las categorías más bajas. De tal manera, el esquema queda así:
- categoría A: el máximo de facturación anual es de $370.000;
- categoría B: el límite queda en $550.000;
- categoría C: el tope de facturación sube a $770.000;
- categoría D: el monto máximo es de $1.060.000;
- categoría E: el tope alcanza el $1.400.000;
- categoría F: el máximo de facturación queda en $1.750.000;
- categoría G: el techo es de $2.100.000;
- categoría H: el límite de facturación queda en $2.600.000;
- categoría I: el tope llega a $2.910.000;
- categoría J: el límite alcanza los $3.335.000;
- categoría K: el máximo de facturación es de $3.700.000.