GANANCIAS Y BIENES PERSONALES

Ya es oficial: estas son las exenciones de pago al Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales

La modificación a la legislación tributaria fue publicada este miércoles.
miércoles, 4 de agosto de 2021 · 11:37

El Gobierno hizo oficial la modificación a la Ley del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales, cuya resolución había sido avalada en julio por el Congreso con el fin de aplicar incentivos al sistema tributario y así impulsar la inversión financiera en pesos.

La iniciativa plasmada en el Boletín Oficial de este miércoles incluye la posibilidad de exonerar del impuesto fiscal los intereses de quienes posean depósitos en pesos “con cláusulas de ajuste” y a quienes fomenten la inversión productiva en moneda nacional.

De esta manera, la nueva ley de Ganancias oficializó la exoneración de los pagos de intereses por plazos fijos ajustables (como los UVA), actividad que hasta el momento se encontraba gravada.

La nueva legislación se aprobó en el Boletín Oficial N° 34.671.

“Las cuotas de fondos comunes de inversión (FCI); los certificados de participación y valores representativos de deuda financiaría de fideicomisos financieros que hubiesen sido colocados por oferta pública con la autorización de la Comisión Nacional de Valores” también recibirán la exención tras la modificación de la Ley del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.

La resolución emitida aclara que este beneficio será aplicable “siempre que el activo subyacente principal esté integrado por los siguientes depósitos y bienes exentos: títulos, bonos y demás títulos valores emitidos por la Nación, las provincias, las municipalidades y la Ciudad Autónoma de Buenos; depósitos en moneda argentina y extranjera efectuados en el país, a plazo fijo o en caja de ahorro”.

 

Deberá haber un porcentaje mínimo de inversión para aplicar

Finalmente, la actualización legislativa fiscal a la Ley del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales establece que la reglamentación actual definirá “el porcentaje mínimo” que deberán representar “las inversiones del activo total de los FCI”. A este respecto señala que “no se tendrá por cumplido” este pacto si “se produjera una modificación en la composición de los depósitos y bienes que los disminuyera por debajo del mínimo porcentual durante un periodo continuo o discontinuo” que va desde 30 días a un año.

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