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Tarifa social de gas de ANSES: quiénes pueden acceder a este beneficio

Conocé cuáles son los requisitos para tener esta ayuda y pagar menos en este servicio.
lunes, 9 de agosto de 2021 · 21:19

En medio del invierno y de las bajas temperaturas, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) mantiene la inscripción abierta para recibir la tarifa social de gas.

Se trata de un beneficio destinado a aquellas personas de bajos recursos, con el fin de que puedan acceder a este servicio a un costo menor. El mismo se otorga a través del organismo por la Secretaría de Energía.

El trámite para inscribirse se realiza a través de la página web del ente previsional, al que se accede con clave de seguridad social, que es la que define el monto a otorgar.

Para recibir esta ayuda social de la ANSES, es necesario contar con una serie de requisitos. Uno de ellos es estar conectado a la red de gas natural y ser titular del servicio.

Algunas provincias cuentan también con el beneficio de la Ley de Zonas Frías.

En caso de no serlo, se podrá pedir una tarifa social provisoria por tres meses hasta cambiar la titularidad. Una vez hecha la modificación, se debe esperar 30 días para hacer una nueva solicitud.

Este beneficio solo estará disponible para los usuarios de gas residenciales y sus ingresos brutos no deben superar un monto equivalente a dos salarios mínimos, vitales y móviles, salvo algunas excepciones como personas que reciben el bono de desempleo o cuenten con alguna discapacidad.

También es requisito no tener un vehículo con antigüedad menor a los diez años (salvo discapacitados), no tener más de un inmueble ni tampoco aeronaves o embarcaciones de lujo.

 

Quiénes pueden acceder

La ANSES estableció que pueden ser beneficiarias de la tarifa social de gas los jubilados y pensionados, las personas que tengan un trabajo en relación de dependencia y también los monotributistas.

Además, se admite a quienes sean titulares de programas sociales, empleadas del servicio doméstico, los adheridos al monotributo social y quienes cobran el bono de desempleo o las pensiones no contributivas por vejez, discapacidad o madre de siete hijos.

También alcanza a las personas que cobran la Pensión Honorífica para Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur y a quienes cuentan con el certificado único de discapacidad (CUD).

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