REPRO II

Los nuevos requisitos del Repro II que estableció el Ministerio de Trabajo

A través del Boletín Oficial, el organismo publicó las modificaciones que fueron adoptadas a partir de la recomendación del Comité de Evaluación y Monitoreo.
viernes, 10 de septiembre de 2021 · 15:59

El Ministerio de Desarrollo Productivo modificó los parámetros para que algunas empresas puedan acceder al Programa de Recuperación Productiva II (Repro II) de agosto. Esta asistencia permite que las organizaciones reciban una ayuda de hasta $22.000.

Por ende, se mantienen los montos de este proyecto en $ 22.000 para la asistencia de los trabajadores en empresas que se encuentren en sectores críticos. Esta suma es la misma que percibirán los trabajadores de la salud y que también será entregada a los trabajadores independientes o que se encuentran en sectores críticos, en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia. Respecto a los trabajadores no críticos que fueron afectados, recibirán una ayuda de $ 9.000.

Por otra parte, a pesar de que en agosto hay una mejora de las condiciones económicas y productivas respecto del mes anterior, a partir de la remoción progresiva de las medidas restrictivas para mitigar los efectos de la pandemia de coronavirus, el Comité de Evaluación y Monitoreo recomendó, según lo publicado en la Resolución 540/2021 en el Boletín Oficial, que para los sectores críticos y no críticos, se tomará la facturación registrada en julio de 2019 y julio de este año. En cuanto a la diferencia, esta debe dar como mínimo una caída de 20%, en términos reales, y como máximo un aumento del 72,9% en términos nominales.

Parámetros Repro II.

Asimismo, en el sector de la salud se utilizará el mismo período de comparación para acceder al Repro II. Sin embargo, la única diferencia es que la facturación debe dar como mínimo una variación en términos reales del 0% y, como máximo, un aumento de 116,1% en términos nominales. 

Además, el Comité aclaró que no es necesario diferenciar el parámetro de la variación de la facturación y del IVA compras para las empresas, ya sean que sean de menos de 800 o de más de esa cifra.

El Comité le recomendó al Ministerio que para agosto se debe mantener la decisión de suspender el cumplimiento obligatorio del indicador de importaciones.

En el caso de la variación de la relación entre el costo laboral y la facturación, tanto para los sectores no críticos como críticos, también se mantuvo la reducción de la exigencia que planteaba el parámetro fijado en marzo, de mayor a -20% a superior a -10%, y la condición de cumplimiento obligatorio.

 

Cuáles son las condiciones para acceder al beneficio

A partir de los parámetros que fueron presentados, los empleadores que quieran acceder al beneficio del Programa Repro II, deberán cumplir con determinadas condiciones que dependerán del sector de actividad al que pertenezcan. Tanto los sectores críticos como los afectados no críticos, deberán alcanzar, al menos, cuatro de los siete parámetros establecidos. Entre ellos, serán de cumplimiento obligatorio  las variaciones de la facturación, del IVA compras y de la relación entre el costo laboral y la facturación. 

En tanto para el sector de la salud, entre los cuatro parámetros que deberán cumplir están las variaciones de la facturación, y el porcentual de la relación entre el costo laboral y la facturación.

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