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La Justicia rechazó el amparo de Telefónica para poder aumentar sus servicios

La empresa deberá acatar el fallo que determina a internet, la tv paga y la telefonía fija como servicios públicos esenciales.
jueves, 9 de septiembre de 2021 · 08:45

La Justicia Federal rechazó el pedido de inconstitucionalidad de la empresa Telefónica al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/20. Este determinaba tanto a las telecomunicaciones como al internet como un servicio público durante la pandemia de coronavirus y, además, frena el aumento de sus tarifas.

El fallo de la titular del juzgado Contencioso Administrativo Federal 5, María Alejandra Biotti, ratificó la validez del DNU que deberá acatar la empresa, dado que había sido aprobado previamente por el Senado Nacional. "No se cumple con la acreditación de la existencia de un daño que pudiera producirse du­rante el transcurso de la causa", consideró la titular respecto de la no aplicación de la norma.

"La declaración de inconstitucionalidad de una norma es un acto de suma gravedad institucional que debe ser visto como última ratio del ordenamiento jurídico", expresa el fallo. Asimismo, afirma que debe "ser fundado sobre la base del perjuicio que la disposición le acarrea a la generalidad de las personas, mas no de aquél que sólo se proyecta sobre algunas de ellas".

El DNU 690/20 declaró los servicios de Internet, tv paga y telefonía fija y móvil como servicios públicos esenciales y en competencia, y fue ratificado por el Congreso el año pasado. Sin embargo, las empresas como Telefónica se mostraron en desacuerdo con las medidas.

Se estipuló una nueva revisión para los precios fijados de las tarifas para el 1 de diciembre de 2021.

 

Las resoluciones de ENACOM

El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), emitió el año pasado, en diciembre, dos resoluciones. En primer lugar, en cumplimiento con el decreto, la creación de la prestación básica universal destinada a los grupos socioeconómicos más vulnerables. Por otro lado, el descongelamiento de los precios de los servicios y el aumento de un 5 % para el primer mes del 2021.

A partir de esto, las principales empresas del sector, entre ellas Telefónica, decidieron tomar medidas e iniciar acciones judiciales con el fin de poder recuperar la capacidad de determinar los precios de los servicios.

Antes de que la Justicia se expidiera, una cautelar de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad de Buenos Aires suspendía la aplicación del decreto y daba amparo a tres empresas reconocidas del sector: Telecom, Telecentro y DirecTV. No obstante, el resto de las compañías de telecomunicaciones que cumplieron con los aumentos fueron dejadas de lado. Entre ellas, se encontraba Claro, Telefónica, Supercanal y distintas pymes y cooperativas.

Los aumentos autorizados desde el 1 de enero de 2021 hasta el 30 de noviembre de 2021 deberán ser del 23 %.

Asimismo, en abril se indicó que cualquier aumento que sea impuesto por las empresas de manera unilateral deberá ser refacturado. Además de la devolución de los importes que se cobraron de más, también se deberá otorgar un interés punitorio y las prestadoras no estarán autorizadas a cortar los servicios a los clientes que no hayan abonado hasta que no se haya realizado la refacturación.

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