Luis Juez

La Corte Suprema desplazó a un senador y nombró en su lugar a Luis Juez

El desplazado es del FdT y el nuevo pertenece a JxC.
martes, 8 de noviembre de 2022 · 17:05

La Corte Suprema de Justicia dio lugar al amparo que promovió el senador de Juntos por el Cambio (JxC), Luis Juez, y culminó en remover a su par del Frente de Todos (FdT), Martín Doñate, en el Consejo de la Magistratura. La maniobra por la que Doñate había llegado a su puesto fue acusada de desnaturalizar “el fin constitucional de representación pluralista procurado por el constituyente y el legislador.

Es que el anterior a Luis Juez, Doñate, llegó al Consejo por una jugada promovida por la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner en el senado al partir el bloque del FdT en dos subloques para tener más representantes en el organismo que remueve y elige a los jueces de la Nación.

Luis Juez, senador.

La maniobra fue tachada de “manipulativa”. ”La realización de acciones que, con apariencia de legalidad, procuran la instrumentación de un artificio o artimaña para simular un hecho falso o disimular uno verdadero con ánimo de obtener un rédito o beneficio ilegítimo, recibe un enfático reproche en múltiples normas del ordenamiento jurídico argentino”, comenzó la acusación referida al nombramiento de Doñate que fue reemplazado por el actual senador Luis Juez.

Y continuó mediante: “Tal reproche se acentúa cuando el ardid o la manipulación procura lesionar la exigencia de representación política (en este caso, con relación a las minorías), aspecto de suma trascendencia para la forma de gobierno representativa adoptada por el texto constitucional argentino y, en definitiva, su ideario democrático”.

Martín Doñate, exsenador.

 

El fallo de los jueces

La sentencia fue dictada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda. El juez Ricardo Lorenzetti no tuvo participación en la decisión, ya que el juez consideró derogada la sentencia de incumplimiento que restituye la vigencia de la ley 24.937.

Horacio Rosatti, juez.

La sentencia sumó que “las conductas descriptas, encaminadas a la obtención de un rédito político violentando la finalidad y el espíritu de las normas que gobiernan el procedimiento aquí cuestionado, imponen recordar que, como ya ha sostenido este Tribunal en otras ocasiones, la obligación de respetar y acatar el proyecto de república democrática que establece la Constitución Nacional pesa también sobre los partidos políticos, por su condición de instituciones fundamentales del sistema democrático”.

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