ECONOMÍA

Bienes Personales: de qué se trata el impuesto y quiénes deben pagarlo

Como parte del acuerdo que se negocia con el FMI, este año se hará una revaluación de los inmuebles.
miércoles, 9 de marzo de 2022 · 12:52

De acuerdo con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Bienes Personales es el impuesto que se aplica a los bienes radicados en el territorio nacional, según el patrimonio que posean los ciudadanos cada año.

Este impuesto también aplica, según el caso, sobre bienes ubicados en el exterior, relacionados con el patrimonio de cada persona, antes del 31 de diciembre de cada año, según refiere el concepto de Bienes Personales del organismo.

Las personas que no declaren sus patrimonios pueden ser sancionadas.

Los Bienes Personales se establecen en base a la valuación del patrimonio por cada año fiscal, lo cual también determina un monto mínimo de pago, a partir del cual se aplicará el cobro del impuesto.

En este sentido, la AFIP estableció para el periodo fiscal del 2021, que el monto mínimo aplicable a la valuación del patrimonio, corresponde a $6.000.000

La AFIP establece 6 alicuotas para pagar el impuesto.

No obstante, si la valuación del patrimonio supera dicho valor, el contribuyente deberá inscribirse en el impuesto y, luego de ello, realizar una declaración jurada en la que se establecerá cuál será el valor a pagar.

Dicho valor se determina “de la aplicación de una alícuota al monto de la valuación del patrimonio que exceda el mínimo aplicable”, según refiere la AFIP, por lo que de acuerdo al valor del patrimonio se determinará la cuota.

Hasta el año pasado el mínimo no imponible era de $2 millones.

 

Quiénes deben pagar Bienes Personales

El impuesto debe ser pagado por personas y sucesiones indivisas que residan en el país o en el exterior y que posean bienes dentro o fuera del territorio

También para aquellos ciudadanos que vivan dentro o fuera del país o que posean sucesiones indivisas por bienes situados en el territorio nacional. 

La vivienda familiar de uso permanente queda excluida de ese cálculo si no supera de valuación fiscal los $30 millones.

Dentro de los bienes se consideran autos, propiedades inmuebles, naves y aeronaves, bienes personales, los bienes del domicilio, muebles del hogar, dinero y depósitos, entre otros, siempre y cuando estuviesen en el país al 31 de diciembre de cada año.

No obstante, algunos bienes están exentos del impuesto, tales como: los bienes de los miembros de las misiones diplomáticas y consulares extranjeras, los inmuebles rurales y las cuotas sociales de las cooperativas, entre otros.

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