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La AFIP estableció nuevas medidas de control para los productores de granos

El organismo informó que la estrategia busca “optimizar los procesos de fiscalización”.
miércoles, 20 de julio de 2022 · 12:52

La AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) recientemente dio a conocer nuevas medidas de control para los productores de granos, con el fin de “optimizar los procesos de fiscalización”.

A razón de ello, el organismo junto con el el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca establecieron que “los productores deberán informar dos veces al año el volumen de la producción de granos obtenida durante cada campaña”, según comunicó la AFIP.

El Gobierno busca desarticular operaciones irregulares.

Además, la AFIP y el ministerio de Agricultura determinaron mediante su Boletín Oficial que “los productores reporten anualmente sus existencias de trigo a fines de febrero”.

Esto, dado que “las adecuaciones introducidas al Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), la base de información donde se declaran distintos datos sobre la actividad, fortalecen la capacidad estatal para desarticular maniobras de evasión”.

La AFIP diseña diferentes estrategias de fiscalización.

El organismo y el ministerio también definieron que “los distribuidores y mayoristas del sector harinero deberán utilizar de forma obligatoria el Remito Electrónico Harinero (REH) cuando envíen mercadería a las panaderías”.

Dichas disposiciones “forman parte de las medidas instrumentadas por las distintas áreas especializadas para mejorar las capacidades de fiscalización”, según detalló la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont .

La medida será obligatoria para todos los productores.

Marcó del Pont además agregó: “La digitalización de la documentación y la mejora permanente en los datos sectoriales fortalecen las tareas de control y fiscalización realizadas en forma coordinada por las distintas áreas del Estado para desarticular operaciones irregulares que no solo afectan el financiamiento de las políticas públicas, sino que también perjudican a los actores que cumplen con las reglas”.

 

Cuáles son las fechas para declarar

De acuerdo a lo anunciado en las resoluciones 5236/2022 y 5237/2022 que se publicaron este miércoles en el Boletín Oficial, habrá dos fechas anuales para declarar: en la finalización de la cosecha gruesa y en la de la fina.

El Gobierno contará con datos más precisos sobre la producción obtenida cada año.

Con ello, se modifica la normativa vigente en la que se establecía que los productores declaren su volúmen de granos una vez al año.

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