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AFIP: vencen los plazos para presentar declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales

El cronograma de vencimientos fue establecido según la terminación del número de CUIT de cada contribuyente.
miércoles, 21 de junio de 2023 · 10:08

AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) comunicó que a partir de este jueves 22 de junio, y hasta el lunes 26, comenzarán a vencer los plazos para la presentación de declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.

El organismo detalló que dichas declaraciones deben ser presentadas en relación al periodo fiscal del 2022. De esta manera, AFIP explicó que están obligados a pagar y presentar el impuesto a los Bienes Personales aquellos contribuyentes que posean bienes gravados que superen al 31 de diciembre de 2022 el importe de $11.282.141,08.

Por su parte, la vivienda única y de uso permanente (casa habitación) se computará si supera los $56.410.705,41. Según informó AFIPel calendario de vencimientos para presentar las declaraciones juradas será según las terminaciones del CUIT de cada contribuyente.

De esta manera, los CUIT terminados en 0,1,2 y 3 presentarán su declaración el día 22; el 23 de junio será para los documentos que terminen en 4, 5 y 6; y el 26 de junio, para los que finalizan en 7, 8 y 9. 

Por su parte, las declaraciones juradas correspondientes al impuesto cedular tienen los mismos plazos que las del impuesto a las Ganancias, según explicó el organismo fiscal.

Las declaraciones juradas de Ganancias y del impuesto cedular se realizan a través del servicio con clave fiscal Ganancias Personas Humanas-Portal integrado. Mientras que la presentación de Bienes Personales se realiza mediante el servicio web con clave fiscal Bienes Personales Web.

Las declaraciones informativas se pueden presentar hasta el 30 de junio.

Cabe recordar que el cronograma de vencimientos estaba previsto inicialmente para mediados de junio, pero este se postergó tras un pedido del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires.


 

Cuándo son las fechas de pago

Para el vencimiento de pagos, se aplicará el mismo sistema que con las declaraciones juradas. En este sentido, los abonos se realizarán de acuerdo a la terminación del CUIT de cada contribuyente, según detalló el organismo.

De esta manera, los CUIT terminados en 0,1, 2 y 3 presentarán su pago el día 23; el 26 de junio será para los documentos que terminen en 4, 5 y 6; y el 28 de junio, para los que finalizan en 7, 8 y 9.