SECRETARÍA DE ENERGÍA
La Secretaría de Energía dispuso un nuevo aumento para la garrafa de gas
El nuevo cuadro tarifario se actualizará a partir de este 1° de julio.La Secretaría de Energía autorizó un aumento del 4,01% en los precios de referencia de venta al público y para el segmento fraccionador y distribuidor para las garrafas de gas a nivel nacional.
Según lo determinado por el organismo, la medida aplicará para las garrafas de 10, 12 y 15 kilos. El nuevo cuadro tarifario comenzará a regir a partir de este 1° de julio, de acuerdo con lo dispuesto por la Secretaría de Energía.

De esta manera, los valores para la garrafa de 10 kilos pasarán de $783 a $814 para los fraccionadores, de $1.374 a $1.429 para los distribuidores y de $1.443 a $1.501 para la venta al público, según informó la Secretaría de Energía.
Para el caso de las garrafas de 12 kilos, los precios máximos serán de $977 para los fraccionadores, $1.715 para los distribuidores y $1.801 para la venta al público. En tanto, en las de 15 kilos serán $1.221 para los fraccionadores, $2.144 para los distribuidores y $2.251 para la venta al público.

Por su parte, los subsidios a los usuarios de garrafa incluidos en el programa Hogar se ubican en $1.581. A través de este programa, se subsidia el 80% del costo de una garrafa de gas de 10 kilos.
Cabe recordar que el programa Hogar fue creado mediante el decreto 470 del 30 de marzo de 2015, con el fin de subsidiar a las familias de bajos recursos que no tuviesen acceso a las redes de gas natural.

El subsidio también puede ser cobrado por jubilados y pensionados y es compatible con la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación Universal por Embarazo (AUE), entre otras, según señala el organismo.
Cuáles son los requisitos para inscribirse en el programa Hogar
Para acceder al subsidio estatal para las garrafas de gas, es requisito que ningún integrante del grupo familiar cuente con medidores de gas a su nombre y tener sus datos personales actualizados en ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social)
Si en la vivienda reside una persona con certificado de discapacidad (CUD) emitido por autoridad competente, el mayor ingreso de los habitantes del domicilio no debe superar 3 salarios mínimos.
Si la vivienda se encuentra en La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego o Carmen de Patagones, el mayor ingreso de los habitantes del domicilio no debe superar 2,8 salarios mínimos o hasta 4,2 salarios mínimos si en el hogar reside una persona con certificado de discapacidad (CUD) emitido por autoridad competente.