ELECCIONES
Elecciones: qué pasa si no voto en las PASO de este domingo
En el país, hay 35.394.425 electores habilitados para votar y 104.577 mesas dispuestas para ello.Este domingo, 13 de agosto, se celebrarán en todo el país las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), donde los ciudadanos podrán elegir a los candidatos que representarán a cada partido político en la contienda que determina la fórmula presidencial.
En este sentido, durante estos comicios, los argentinos votarán por las listas de cada partido, conformadas por candidatos a diputados nacionales, senadores nacionales, gobernadores, intendentes, concejales, entre otros cargos. De esta manera, la lista que obtiene la mayoría de los votos en cada partido se convierte en la fórmula que competirá en las elecciones generales de octubre.
Cabe destacar que participar de las elecciones es obligatorio, por lo que, el próximo domingo, todos los ciudadanos habilitados para votar tienen el derecho y la obligación de asistir a las urnas, y, en caso de que no lo hagan, pueden ser sancionados y recibir multas.
Este año, en el país hay 35.394.425 electores entre 18 y 70 años habilitados para votar. Quienes se encuentren en el padrón tienen la obligación de acudir a las urnas para elegir a los próximos dirigentes a nivel nacional; mientras que para las personas entre los 16 y 17 años, o mayores de 70, la decisión es optativa.
Quienes no acudan a votar y no presenten una justificación al respecto recibirán una multa económica y quedarán incorporados en el Registro de Infractores al deber de votar. Asimismo, no podrán ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de los comicios.
A su vez, quienes reciban la multa y no la paguen no podrán realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.
Qué justificaciones son válidas para no votar
Por su parte, quienes no puedan concurrir a los comicios y tengan una justificación válida deben ir con su documento de identidad a la comisaría más próxima y solicitar una certificación escrita que justifique la imposibilidad de votar.
Dicho certificado debe presentarse dentro de los 60 días de celebrada la elección ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que le corresponda al elector o ante la Cámara Nacional Electoral.
Las justificaciones válidas para no acudir a las urnas son: vivir a más de 500 kilómetros del lugar de votación, estar enfermo o imposibilitado por fuerza mayor, ser juez o auxiliar de justicia y tener que acudir a las oficinas, ser personal de organismos y empresas de servicios públicos que deban realizar tareas que impidan asistir a los comicios durante su desarrollo.