KELLY OLMOS

Kelly Olmos explicó a quiénes alcanza la suma fija y cómo se paga

En algunos casos, el Gobierno financiará parte del refuerzo para los trabajadores.
lunes, 28 de agosto de 2023 · 12:27

La ministra de Trabajo, Kelly Olmos, entregó detalles sobre cómo se pagará la suma fija a trabajadores registrados que fue anunciada por su par de Economía, Sergio Massa, este domingo.

La funcionaria empezó por explicar que la medida, que alcanzará a 5,5 millones de trabajadores registrados, es parte de un plan integral que implementará el Gobierno tras la devaluación. En ese sentido, Kelly Olmos precisó que el Estado también financiará parte de este refuerzo.

Según detalló Kelly Olmos, a todos los trabajadores registrados se les pagará una suma fija por valor de $60.000 en dos cuotas, cada una por valor de $30.000. Estas se abonarán en los meses de septiembre y octubre.

Esta medida alcanza a los trabajadores cuyos salarios netos no superen los $400.000. Por su parte, a quienes cumplan sus actividades por horas se les pagará un proporcional, según las horas trabajadas. Lo mismo rige para empleados públicos nacionales.

En cuánto a cómo se asumirá esta bonificación, la ministra explicó que, para el caso de las microempresas, es decir, con menos de 10 trabajadores, el Estado asumirá el 100% de la suma fija, mientras que para las pequeñas empresas, el 50% será asumido por el Estado y 50% por los empleadores.

En tanto,  las empresas que tengan más de 100 o 110 trabajadores, según sea el sector, deberán asumir por sí mismas el pago de la suma fija. Además, la ministra advirtió que “actuarán de inmediato” sobre las empresas que no paguen el bono en los plazos establecidos.

Cuándo se paga la suma fija

Los $60.000 del bono que dispuso el Gobierno para los trabajadores se abonarán en dos cuotas iguales de $30.000. La suma fija no será remunerativa y se pagará una única vez.

En ese sentido, los pagos se deben efectuar, según detalló la ministra, “con los salarios devengados de agosto y septiembre, es decir, en los sueldos de septiembre y octubre, y tiene que acreditarse dentro de los 15 días hábiles al inicio del mes”

No obstante, aclaró: “Sabemos que en muchas empresas el proceso de liquidación de sueldos está en marcha o se ha realizado. En esos casos, deberán hacerlo por la vía de un recibo complementario”.

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