DEVOLUCIÓN DEL IVA
Este lunes entra en vigencia la devolución del IVA
Se trata de una de las medidas compensatorias anunciadas por el ministro de Economía.A partir de este lunes, 18 de septiembre, entrará en vigencia la devolución del IVA del 21%, como parte de las medidas compensatorias que anunció el ministro de Economía y candidato presidencial, Sergio Massa, tras la devaluación.
La medida alcanzará a trabajadores en relación de dependencia, monotributistas y jubilados con ingresos de hasta 6 salarios mínimos (SMVM), es decir, hasta $708.000. La devolución del IVA aplicará para los productos de la canasta básica.
Asimismo, la devolución del IVA regirá solo para compras con tarjeta débito cuenta sueldo, por lo que, si se abona mediante crédito, transferencia o en efectivo, no aplica el beneficio del programa. Tampoco alcanza a billeteras virtuales, excepto cuenta DNI.
El reembolso se hará efectivo de manera automática dentro de las 48 horas posteriores a la compra y con un tope de $18.800 por mes y por persona, por lo que no habrá que realizar ningún trámite para recibir el reintegro.

Cabe remarcar que el límite mensual de reintegro es por persona y no por grupo familiar. Además, no es acumulable, es decir que si una persona es monotributista y, al mismo tiempo, trabaja en relación de dependencia, tendrá un límite de $18.800.
Para disfrutar del beneficio, las compras se pueden realizar en todos los comercios, supermercados, minimercados, mayoristas, verdulerías, carnicerías y fruterías que vendan productos de la canasta básica y estén debidamente registrados en la actividad formal.
El programa estará en vigencia desde este lunes y hasta el próximo 31 de diciembre. Hasta hoy, el reintegro, de solo el 15% del IVA, regía únicamente para jubilados de hasta tres haberes mínimos, con tope de $18.000 mensuales y beneficiarios de las Asignaciones Universales por Hijo (AUH).
Quiénes pueden acceder a la devolución del IVA
El programa alcanzará a trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta seis salarios mínimos. Asimismo, rige para jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales con un máximo de seis haberes mínimos.
De esta manera, el tope de ingresos para acceder al beneficio en el caso de los trabajadores será de $708.000 y de $524.758 para los jubilados. El programa también alcanza al personal de casas particulares, monotributistas de todas las categorías y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas por el Programa Potenciar Trabajo.