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Indignación con la AFIP: de la noche a la mañana, los monotributistas quedaron endeudados

El organismo actualizó las categorías y lo hizo retroactivo a enero. Este punto enfureció a los contribuyentes.
viernes, 4 de junio de 2021 · 11:23

El pasado lunes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) firmó la Resolución General 5003, que reglamentó los principales puntos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes. El martes, el organismo que dirige Mercedes Marcó del Pont, publicó la nueva escala del monotributo que actualiza los topes máximos de cada categoría, pero un punto en particular despertó el malestar de los contribuyentes: el aumento de las cuotas mensuales es retroactivo a enero, por lo que, de la noche a la mañana, decenas de monotributistas quedaron endeudados con la AFIP.

La nueva normativa del organismo de recaudación establece que los valores de las facturaciones topes, y los montos a pagar en cada categoría, aumentarán en la misma proporción que lo haga el haber mínimo jubilatorio del año anterior, en este caso del 35.3%.

“Usted pagó el monotributo en febrero, sí, pero eso fue antes de que lo aumentemos retroactivamente 4 meses después, así que nos debe 12 mil pesos”, escribió un usuario de Twitter haciendo una parodia de los Simpson.

Según la AFIP, "los cambios reglamentados benefician a todos los monotributistas, ya que establecen un régimen permanente que hace menos gravoso pasar al Régimen General". Sin embargo, los contribuyentes aseguran que ese puente no sirve de nada si de un momento a otro contrajeron una gran deuda con el organismo.

Algunos usuarios aseguran que contrajeron una deuda de entre 10 mil y 12 mil pesos.

Otros usuarios de la red social también expresaron su malestar al comparar el incremento retroactivo del 35% con el aumento salarial del 40% para los trabajadores del Congreso. “Maravilloso lo que estamos logrando entre todos y todas”, ironizó un bloggero.

 

Cómo quedaron las tablas

La Resolución General establece que desde el 1º de enero de este año, en función de los nuevos montos máximos de facturación anual y de las cuotas, las categorías del monotributo quedan:

- categoría A: contribuyentes que perciban hasta $282.445 anuales. La cuota mensual se ubicará en $2.646 para los servicios y productos;

- categoría B: el máximo anual será de $423.667 y las cuotas de $2.959 para servicios y bienes;

- categoría C: la facturación pasa a $564.889. En tanto, el pago mensual llegará a los $3.383 para servicios y $3.325 para venta de muebles;

- categoría D: el tope máximo sube a $847.334 y las cuotas para servicios pasan a $3.990 y para bienes a $3.895;

- categoría E: el límite máximo llega a $1.129.779, con cuotas mensuales de $5.240 para servicios y de $4.712 para bienes;

- categoría F: el tope de facturación es de $1.412.224. En tanto, las cuotas mensuales serán de $6.272 para servicios y de $5.417 para bienes;

- categoría G: el monto máximo queda en $1.694.668, mientras que las cuotas pasan a ser de $7.315 para servicios y de $6.168 para bienes;

- categoría H: el límite sube a los $2.353.706 y los pagos mensuales serán de $12.789 para el rubro servicios y de $10.670 para bienes;

- categoría I: el límite de facturación alcanza los $2.765.604 y las cuotas mensuales serán de $15.340;

- categoría J: la facturación máxima pasa a $3.177.503, con una cuota mensual de $17.618;

- categoría K: el tope sube a $3.530.559, y la cuota mensual queda en $19.913.

Sin embargo, la AFIP aclara que los sujetos inscriptos en el monotributo podrán solicitar la modificación de su categoría, si consideran que eso corresponde. Para hacer ese trámite tendrán tiempo hasta el 25 de junio, inclusive.

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